Composición de las categorías y divisiones para la temporada 2021/2022 y preinscripción para cubrir plazas vacantes

Composición de las categorías y divisiones para la temporada 2021/2022 y preinscripción para cubrir plazas vacantes

[box]Del 1 al 30 de junio se abre el plazo de preinscripción para todos aquellos equipos interesados en cubrir posibles plazas vacantes, dichas solicitudes se presentarán en la Federación Vizcaína de Baloncesto en dicho plazo mediante escrito del Club debidamente firmado y sellado, donde figurará claramente, categoría para la que se solicita plaza.[/box]

Para conocer en qué categoría y división le corresponde participar a cada equipo de su club puede consultar ESTE DOCUMENTO. Las clasificaciones adjuntas, dan la división en las que quedan encuadrados los equipos para la próxima temporada 2021/2022. Eso sí, puede ser que en alguna división se produzca alguna modificación, ya que hay alguna competición que todavía no ha finalizado.

Recordamos que esta temporada no se producirán ascensos, ni descensos, solo se cubrirán aquellas vacantes que se produzcan por arrastre de categorías superiores.

Aquellos equipos que realicen dicha preinscripción deberán de esperar a conocer si se le adjudica finalmente o no ya que con las solicitudes recibidas se establecerá el orden teniendo en cuenta la clasificación de la temporada anterior.

En el supuesto de que finalizado el plazo de inscripción de las diferentes categorías no se cubrieran todos los grupos, la Federación Vizcaína de Baloncesto, podrá “invitar” a formar parte por una temporada a algún Club que ya tenga 2 equipos en estas divisiones.

Artículo 177

1.- Todo equipo que haya logrado una clasificación en una competición que le permita el ascenso, podrá renunciar al mismo en los siguientes términos:

a.- La renuncia habrá de efectuarse por escrito firmado por el Presidente o Presidenta del Club en el que se halle integrado el equipo, dirigido a la Federación Vizcaina, quien, en caso de tratarse de un Club participante en competición autonómica o nacional dará cuenta a la Federación Vasca o Española de Baloncesto.

b.- La renuncia debe de efectuarse antes del término de la temporada oficial para que se entienda realizada a tiempo.  (30/06/2021)

c.- La renuncia fuera de tiempo, conllevará el pago del importe de los daños y perjuicios que dicha decisión pueda comportar a la administración federativa

2.- Además de los efectos previstos en el apartado c) del artículo anterior, los equipos que renuncien a participar en la categoría que les corresponde, para poder competir de nuevo deberán realizar su inscripción en la última de las divisiones que organice la Federación a la que pertenece.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CESIONES O PERMUTAS

Artículo 68  (del 1 al 30/06/2021)

Los Clubes podrán enajenar o ceder en beneficio de otro Club los derechos de participar en competiciones oficiales no profesionales, siempre que no lo prohíban las Bases de Competición de la Federación Vizcaína de Baloncesto. Dichos acuerdos deberán ser comunicados a la Federación Vizcaína, para que otorguen la oportuna autorización, si procediera.

También podrán permutar con otros sus derechos a participar en competiciones oficiales no profesionales, con las mismas condiciones permitidas en el párrafo anterior.

El Club beneficiario estará obligado a hacer efectivas las deudas que por razones deportivas tuviere el Club originario según resulte de los archivos de la Federación correspondiente a la fecha de comunicación de los acuerdos.

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